Quien presente una denuncia en la justicia penal, en calidad de víctima o testigo, tiene los siguientes derechos y obligaciones, desde el inicio de un proceso penal hasta su finalización:
· A recibir un trato digno y respetuoso por parte de las autoridades competentes.
· A recibir apoyo para cubrir los gastos de traslado al lugar donde la autoridad competente designe.
· A la protección de su integridad física y moral, inclusive la de su familia.
· A ser informado sobre los resultados de su denuncia (Art. 79 Código Procesal Penal de la Nación Ley 23.984).
Asimismo, tiene la obligación de comparecer si fuera citado para declarar y de no ocultar hechos o circunstancias que guarden relación con la investigación (Art 240 del Código Procesal Penal de la Nación Ley 23.984).
VICTIMA DE UN DELITO
(Ley 27.372 y ART. 80 Código Procesal Penal de la Nación Ley 23.984):
La persona víctima de delitos en los últimos años ha sido incorporada como sujeto de preferente tutela por parte del sistema normativo argentino, ampliándose sus posibilidades de actuación y las prestaciones que tiene derecho a recibir:
· Denunciar el delito y que le reciban inmediatamente su denuncia.
· Recibir un trato digno y respetuoso.
· Que se reduzcan al mínimo las molestias del proceso penal.
· Que se respete su intimidad en la medida que no sea un obstáculo para la investigación.
· Pedir medidas de protección para su seguridad, la de sus familiares y la de los testigos que declaren en su interés.
· Recibir asistencia en forma especializada para lograr su recuperación psíquica, física y social.
· Recibir información sobre sus derechos cuando haga la denuncia o en su primera intervención en el procedimiento.
· Que se hagan con la mayor rapidez posible las pericias y diligencias sobre las cosas que le hayan sacado en un delito contra la propiedad.
· Intervenir como querellante o actor civil en el procedimiento penal.
· Examinar documentos y actuaciones.
· Ser informada verbalmente sobre el estado del proceso y la situación del imputado.
· Aportar información y pruebas durante la investigación.
· Ser escuchada antes de cada decisión sobre extinción o suspensión de la acción penal.
· Ser escuchada antes de cada decisión sobre penas o sobre la libertad del imputado durante el proceso, siempre que lo pida expresamente.
· Ser notificada de las resoluciones que pueden afectar su derecho a ser escuchada.
· Pedir la revisión de cualquier decisión que ponga fin a la investigación del delito.
· Que se adopten rápidamente medidas (como la detención o la prohibición de acercamiento) para impedir que el delito continúe en ejecución o tenga otras consecuencias.
· Que le devuelvan con la mayor urgencia los bienes que le sacaron.
· Que le paguen los gastos necesarios para ejercer sus derechos si no tiene posibilidad económica de pagarlos.
Si fuiste víctima de un delito puedes solicitar apoyo y asesoramiento gratuito llamando gratis a la línea 149 las 24 hs. del día todos los días.
CENTRO DE ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE DELITOS (CENAVID)
Además, existe un organismo especializado del Estado Nacional, que es el Centro de Asistencia a las Víctimas de Delitos (CENAVID) y que tiene como objetivo garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a derechos humanos, brindando asesoramiento jurídico, psicológico y social para la asistencia a las víctimas de delitos.
Email de contacto: cenavid@jus.gob.ar
Página web: www.argentina.gob.ar/asistencia-para-victimas-de-delitos

