JURISPRUDENCIA CIVIL

Amparo de Salud – Medida Cautelar – Pase Sanitario – Exigencia Vacunación Covid 19 Y Autonomía De La Voluntad – Decisión Administrativa Nº1198/2021– Competencia Federal –

Amparo de Salud – Medida Cautelar – Pase Sanitario – Exigencia Vacunación Covid 19 Y Autonomía De La Voluntad – Decisión Administrativa Nº1198/2021– Competencia Federal –

AUTOS: FPO 59/2022 M. D. R. c/ GOBIERNO NACIONALMINISTERIO DE SALUD Y OTROS s/AMPARO LEY 16.986″.

Sentencia de Medida Cautelar de fecha 16/02/2022.

HECHOS: El actor, actuando en su propio derecho y patrocinio, interpone acción de amparo individual contra el GOBIERNO NACIONAL – Ministerio de Salud, contra el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE MISIONES, Ministerio de Gobierno y Ministerio de Salud, a fin de que se exima respecto de su persona de portar y/o exhibir el “Pase Sanitario” que se impuso por Decisión Administrativa 1198/2021 y la Resolución conjunta del Ministerio de Gobierno y el Ministerio de Salud N° 4369 y 870 del año 2021, denominado “PASE LIBRE COVID 19”. Asimismo, solicita se dicte MEDIDA CAUTELAR contra los organismos estatales demandados a fin que de forma inmediata se resguarde su derecho a preservar la salud y vigencia del principio de autonomía de la voluntad de no inocularse las vacunas contra el Covid 19, garantizando el pleno acceso a los lugares y actividades que expresamente se determinan en las resoluciones mencionadas, garantizando la plena libertad de tránsito y acceso a los mismos.

Independientemente de la complejidad del presente asunto, en el cual se encuentran enfrentados dos derechos constitucionales como el Derecho a la Autonomía Individual y la Libertad por un lado y la Salud Pública y la Salud y la Vida de terceros del otro, el actor ve la solución en ser eximido de “portar y/o exhibir el pase sanitario”, para así no verse privado de realizar una serie de actividades culturales, deportivas, religiosas o recreativas en espacios cerrados o con masiva concurrencia de personas, así como también de efectuar trámites presenciales en dependencias públicas y privadas bajo ciertas condiciones, entre otros.

La exigencia de contar con un “Pase Sanitario” que exija la aplicación de vacunas para poder asistir a lugares donde haber aglomeraciones, y más aún en un entorno de epidemia como el que estamos atravesando, no surge en esta instancia previa como manifiestamente inconstitucional –como pretende presentarlo la parte actora-, y con mayor razón si se tiene presente que nuestro Máximo Tribunal, ha resuelto que “… puede concluirse que el obrar de los actores –de no querer vacunar a su hijo- en cuanto perjudica los derechos de terceros, queda fuera de la órbita del ámbito de reserva del artículo 19 de la Constitución Nacional; y por lo tanto se trata de comportamientos y decisiones sujetas a la interferencia estatal la que, en el caso, está plasmada en el plan de vacunación” (CSJN, 12/07/2012 N.N. o U., V. s/ protección y guarda de personas, N. 157 XLVI, consid. “14”).

Se está ante una reglamentación que no resultaría visiblemente conculcatoria de derechos de raigambre constitucional. Es que la normativa atacada no avanza sobre el extremo de una imposición coercitiva de la vacunación, sino que más bien, respetuosa de la decisión del litigante a no vacunarse, le establece restricciones y le exige esfuerzos (algunos innegablemente significativos), para no generar un riesgo adicional de contagio para el resto de la comunidad (ver al respecto lo resuelto por el Juzgado Federal de San Martín, Expte. FSM 210/2022, “ROMANO”, enero 2022. En el mismo sentido fallos de la SCJPBA en autos “AGUIRRE” B-77604 del 28/12/21 y “ORDOÑEZ” B-77.613 del 29/12/21).

En efecto, no se observa objetivamente una amenaza cierta e inminente, derivada de un accionar ilegítimo o arbitrario de carácter manifiesto en esta instancia, que amenace la libertad personal del presentante.

VER SENTENCIA COMPLETA EN EL SIGUIENTE LINK:

https://juzgadofederalobera.ar/wp-content/uploads/2023/03/59-22-m.c.-1.pdf

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