El 09 de abril de 2024 por acordada 10/2024, la Corte actualizó el monto establecido en el artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (texto según ley 26.563), el cual establece que “serán inapelables las sentencias definitivas y las demás resoluciones cualquiera fuere su naturaleza, que se dicten en procesos en los que el monto cuestionado sea inferior a la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000)”.
Conforme a ese mismo artículo, ese monto corresponde actualizarse de forma anual por la CSJN, que lo ha hecho en anteriores oportunidades, siendo la última la dispuesta por Ac. 14/22, por la cual valoró en $700.000 esa facultad. En esta ocasión, elevó el monto mínimo para apelar en la suma de $2.100.000.- y aclara que el nuevo monto se aplicará para las demandas o reconvenciones que se presentaren a partir del primer día del mes siguiente a la suscripción de la presente acordada.
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